DISPOSITIVA
En razón de las consideraciones anteriores, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de la Sección Penal del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 645, 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Resuelve: Decretar la cesación de la Medida de Reglas de Conducta, que por el lapso de 01 año, cumplió de manera efectiva el sancionado: XXXXXXXXX, titular de la cédula de identidad N° V-XXXXXXXXX, en la causa seguida en su contra, signada bajo el N° 530-09-10, por la comisión del delito de Asalto en Transporte Publico. Así mismo, ordenar su LIBERTAD PLENA, de acuerdo con el cómputo de fecha 20-08-10, en el cual se estableció como fecha de su cese el 27-07-11. Ofíciese a la Unidad de Formación Integral para el Adolescente con Medida No Privativa de Libertad "Co.....