DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente señaladas, este Juzgado 3º de Primera Instancia en Funciones de Ejecución Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, por ser el competente para controlar el cumplimiento de los objetivos fijados por la ley especial y vigilar que estas se cumplan de acuerdo con lo dispuesto en las sentencias que las ordena, en nombre de la Republica y por autoridad de la ley, con arreglo a lo establecido en los artículos 49 constitucional, 622, 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, resuelve: DAR POR TERMINADO EL PROCESO seguido con el Nº de causa 508-08 (nomenclatura de este Tribunal) al sancionado XXXXXXXXXXXXXXXX, titular de la cedula de identidad N° V- XXXXXXXXX, conforme lo establece el artículo 619 ejusdem.
Regístrese, Diarícese y Publíquese.