DISPOSITIVA
Por todo cuanto antecede, esta Corte Superior de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO.- SIN LUGAR, el recurso interpuesto por la ciudadana Marian Karola Pérez Zaidman, Defensora Pública Cuarta del la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescente, contra la decisión dictada en fecha 10 de junio de 2016, por el Juzgado Primero en Funciones de Control de esta misma Sección y Circuito Judicial Penal, mediante la cual decreto la medida de detención preventiva conforme a los artículos 559, 581 y 628 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes, al adolescente (IDENTIDAD OMITIDA)., por considerar que la se encuentra debidamente motivada y no se violentaron derechos y garantías constitucionales como el debido proceso y la tutela judicial efectiva. SEGUNDO: Se confirma la recurrida.....