DISPOSITIVA
Por todo cuanto antecede, esta Corte Superior de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: Declara INADMISIBLE POR EXTEMPORANEO el recurso de apelación interpuesto Abogada Luzmey Loreto, actuando en su condición de Querellante en representación de la víctima Sonia Puente, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Primero de Juicio de esta misma Sección y Circuito Judicial Penal, en fecha 20 de abril de 2016, fundamentándose en el artículo 428 literal "b" del Código Orgánico Procesal Penal.
Registrese, pùbliquese y notifiquese.