Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte Superior de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana Fiscal 111° del Ministerio Público en consecuencia se ANULA solo en cuanto a sanción impuesta la decisión dictada por el Juzgado Tercero en funciones de juicio de esta misma Sección y Circuito Judicial, se repone la causa al estado de que otro juzgado de juicio distinto al que pronuncio la sentencia recurrida garantice el contradictorio en audiencia que deba fijar para tal fin y proceda a imponer, motivadamente la sanción que corresponda, atendiendo a las pautas para la determinación de la sanción, todo de conformidad con lo previsto en los artículos 608-B y 622 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña.....