Por todo cuanto antecede, esta Corte Superior de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE in limine litis la acción de amparo constitucional ejercida el ciudadano MARCO ANTONIO CIMINO, Defensor Público 4 de Adolescentes, en fecha 17/12/2009, a favor del adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), por no existir existe violación o amenaza de violación al debido proceso, al derecho a petición y a la tutela judicial efectiva.