PRIMERO: Se admite a tramite el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana Yolanda Borges, en su carácter de Defensora Pública Décima Cuarta de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: Se declara extemporáneo la contestación del recurso. La procedencia de la apelación será resuelta dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a la publicación del presente auto, tal como lo establece el artículo 450, tercer aparte del Código Orgánico Procesal Penal.