Por todo cuanto antecede, esta Corte Superior de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: declara CON LUGAR el recurso interpuesto en fecha 30 de septiembre de 2015, por el ciudadano Julio Renier Sierra, en su condición de Fiscal Auxiliar Centésimo Decimo Tercero (113º) del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con Competencia en Materia de Responsabilidad Penal del Adolescente.
SEGUNDO: se decreta la NULIDAD solo en cuanto a sanción impuesta, de la decisión emitida en fecha Veintitrés (23) de septiembre de 2015, por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en Función de Control Sección de Responsabilidad de Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas.
TERCERO: Se repone la causa al estado que se realice la audiencia a los fines de imponer la sanción, ante un Juez.....