CUARTO
DISPOSITIVA
Por todo cuanto antecede, esta Corte Superior de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: Primero: declara Con Lugar, el segundo motivo de apelación alegado por la recurrente, ya que la decisión dictada por el Juzgado Séptimo en función de Control de la Sección de Responsabilidad del Adolescente de este Circuito Judicial Penal, se encuentra inmotivada, lo cual comporta una violación a lo establecido en el artículo 173 del Código Orgánico Procesal Penal, y artículo 543 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por lo que acuerda la nulidad de la decisión de fecha 16 de octubre del 2008, en lo atinente los pronunciamientos segundo y tercero, referidos a la calificación jurídica e imposición de medidas cautelares, debiendo remitirse las presentes actuaciones a un Juzgado en f.....