DISPOSITIVA
En atención a las anteriores consideraciones esta Corte Superior de la Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso interpuesto por el Defensor Público, de conformidad con el artículo 437, literal c) del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, notifíquese y diarícese.
El Juez Presidente,
MIGUEL ANGEL SANDOVAL
La Jueza
MARIA ELENA GARCIA PRU
Ponente
EL Juez,
JOSE LUIS IRAZU SILVA
El Secretario,
JUAN CARLOS FIDALGO NUNES
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado.
El Secretario,
JUAN CARLOS FIDALGO NUNES
EXP: 1Aa 387/06