Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero Superior para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR EL RECURSO de apelación interpuesto por la parte actora contra la decisión de fecha 27 de Octubre de 2004, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano JOSÉ ATILIO MENDOZA CARRILLO contra GRAN CAFÉ GOLDEN GATE S.R.L., ambas partes identificadas en autos, en consecuencia se condena a la demandada a pagar al demandante la cantidad señalada en la parte motiva del fallo correspondiente al concepto de utilidades del año 1996, en consecuencia se ordena el pago de los intereses de mora e indexación judicial conforme a los parámetros establecidos en la.....