Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Segundo para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la decisión de fecha 26 de Mayo de 2005, dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Laboral Transitorio del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda incoada por la ciudadana Raiza del Carmen Perdomo contra la Caja de ahorros del Consejo de la Judicatura y del Poder Judicial. TERCERO: SE CONFIRMA la sentencia de fecha 26 de Mayo de 2.005, dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Laboral Transitorio del Área Metropolitana de Caracas.
No hay condenatoria en costas, en virtud de la naturaleza del presente.....