DECISIÓN
Por las motivaciones que anteceden, este Tribunal Noveno de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO y TERMINADO EL PROCESO de conformidad con lo establecido en el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en el juicio incoado por la ciudadana FLORANGEL DA SILVA ANTIGUA contra la entidad de Trabajo CONSORCIO PROMOTING, C.A.;. SEGUNDO: NO HAY condenatoria en costas de conformidad con lo previsto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Dada, firmada y sellada en la sede del Juzgado Octavo (8°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en la misma ciudad, a los diez (10) días del mes de febrero de dos mil dieciséis (2016). Año 205º de la Independencia y 156º de l.....