el Tribunal deja constancia que, no obstante, que el Juez trató de mediar y conciliar las posiciones de las partes, y que éstas comparecieron a la Suspensión de la Audiencia Preliminar, sin lograrse la mediación, da por concluida la Suspensión de Audiencia Preliminar. De conformidad con lo previsto en el artículo 74 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena incorporar, en este mismo acto, al expediente las pruebas promovidas por las partes a los fines de su admisión y evacuación por ante el Juez de Juicio. Es todo, se terminó, se leyó y conformes firman.
LUISA AVILA TORRES
LA JUEZ
APODERADO JUDICIAL DELA PARTE ACTORA
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA
EL SECRETARIO
JORALBETH CORONA
Exp. .....