Se declara: PRIMERO: Sin lugar la apelación de parte actora interpuesta contra el fallo del Juzgado Sexto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de este mismo Circuito Judicial, de fecha 20 de julio de dos mil diez, la cual queda confirmada. SEGUNDO: Sin lugar la apelación de parte demandada interpuesta contra el fallo del Juzgado Sexto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de este mismo Circuito Judicial, de fecha 20 de julio de dos mil diez, la cual queda confirmada. TERCERO: Parcialmente con lugar la demanda interpuesta por YARELYS INES WILCHEZ VASQUEZ, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 14.277.167, por reclamación de prestaciones sociales y otros conceptos derivados de la prestación de servicios; contra la firma mercantil, de este domicilio, COMERCIAL AUTO CENTRO, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 1° de septiembre de 1969, bajo el N° 69, tomo 61-.....