Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Superior Primero del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDO el Recurso de apelación interpuesto por el abogado CARLOS CENTENO, inscrito en el Ipsa bajo el número 195283 en su carácter de apoderado judicial de la empresa CENTRAL MADEIRENSE, C.A., tercero beneficiario en la presente causa, contra la decisión del JUZGADO DÉCIMO QUINTO (15º) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, de fecha 11 de julio de 2017, que declaró con lugar el recurso de nulidad incoado por la ciudadana, ERIKA YURLEY ORDUZ GARCIA, contra la Providencia Administrativa N° 00620-14 de fecha 10 de noviembre de 2014, contenida en el expediente administrativo Nº 079-2014-01-01375, eman.....