En fuerza de todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISITIDO el recurso de apelación de la parte actora contra la decisión del Juzgado 42° de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial, de fecha 14 de abril de 2014, la cual queda confirmada. SEGUNDO: Queda negada la medida cautelar solicitada por la parte actora sobre el inmueble descrito en su solicitud, o sea, sobre la parcela de terreno y la edificación sobre ella construida, registrada por ante la Oficina Subalterna de Registro del Municipio Libertador del Distrito Federal, en fecha 24 de noviembre de 2004, bajo el N° 50, tomo 20 del Protocolo Primero; ubicada en el Sector Puente de Hierro, Urbanización Las Flores, Edificio "Reina", Parroquia Santa R.....