Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abogado LUIS ROMERO, en su condición de apoderado judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada en fecha veinticinco (25) de noviembre del año dos mil quince (2015), por el Juzgado Cuarto (4º) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abogado ASDRUBAL VELASQUEZ, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada contra la sentencia dictada en fecha veinticinco (25) de noviembre del año dos mil quince (2015), por el Juzgado Cuarto (4º) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del .....