(...) DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 06 de noviembre de 2017 por la abogada TORO OROZCO DANIELIS SARAI, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada, contra el auto de admisión de pruebas 03 de noviembre de 2017 dictado por el Juzgado Décimo (10°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: se CONFIRMA el auto apelado. TERCERO: No hay condenatoria en costas.
Por aplicación analógica de acuerdo a lo dispuesto en la norma del artículo 11 de Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil se ordena dejar copia certificada de la presente sentencia.
Se ordena la publicación de la presente sentencia en la página electrónica del Tribunal Supremo de Justicia en el sitio denominado Regiones Área Metropolitana de Caracas http://caracas.tsj.gov.ve/. CÚMPLASE.
Cúmplase, publíquese, regístrese .....