Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada OMAIRA BENDJOYA, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 69.591, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte actora, contra la decisión de fecha 27 de julio de 2012, emanada del Juzgado Cuarto (4º) de Primera Instancia de Juicio, del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: CON LUGAR LA DEMANDA intentada por el ciudadano JACOBO BENDJOYA GARCIA en contra de la empresa MENSAJEROS RADIO WORLDWIDW C.A. (MRW). TERCERO: Se Modifica el fallo apelado. CUARTO: No hay condenatoria en costas a la parte demandada conforme a lo previsto en el artículo 60 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
PUBLÍQUESE, REGÍ.....