En base a las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de da Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por expresa autoridad de la ley, DECLARA: ÚNICO: CON LUGAR la inhibición planteada por la Dra. Yolimar Ávila, Jueza del Juzgado Décimo Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas mediante acta de fecha 24 de marzo de 2011, en el juicio incoado por la ciudadana Betty María Escobar Ramírez contra la empresa Bar Restaurant La Strada Del Sole.