Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado ACACIO SABINO I.P.S.A bajo el N° 3.317 en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora contra la decisión de fecha 11 de abril de 2012, emanada del Juzgado Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: CON LUGAR la acción por calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos interpuesta por el ciudadano AMILCAR MARQUEZ, contra la empresa ELECNOR DE VENEZUELA, S.A., en consecuencia Se condena a la empresa demandada a reenganchar al accionante, a su puesto habitual de trabajo en las mismas condiciones en que se encontraba antes de su despido il.....