ÚNICO: IMPROCEDENTE el recurso de apelación interpuesto por la parte recurrente, contra la decisión dictada por el Juzgado Duodécimo (12°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas de fecha 13 de mayo de 2013, todo con motivo de la solicitud de homologación presentada por el BANCO BICENTENARIO BANCO UNIVERSAL, C.A.. y el ciudadano HERIG JOHAN GUERRERO GUERRERO; en consecuencia se confirma la decisión recurrida.