Dispositivo
Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Tercero (3°) de Superior del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de Nulidad interpuesta por la representación judiciacl de la empresa CONSTRUCTORA UMBRO C.A. contra la Certificación de Accidente Laboral No. 0043-13, emanada de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Miranda del INPSASEL, de fecha 07 de agosto de 2013, dictada a favor del ciudadano LEONARDO RIOS GRANADILLO, titular de la cédula de identidad No. 13.123.979; SEGUNDO: No hay condenatoria en costas. Se ordena la notificación de la Procuraduria General de la República de la presente decisión.