Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, declara: Primero: Primero: DESISTIDO el recurso de apelación formulado por el abogado el HUMBERTO DECARLI, actuando como apoderado judicial de la parte actora, contra la decisión dictada en fecha 09 de agosto de 2006, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo, con motivo a la demanda incoada por GLADYS MIJARES contra el INSTITUTO AUTÓNOMO AEROPUERTO INTERNACIONAL De MAIQUETÍA (I.A.A.I.M.) Segundo: SE CONFIRMA la sentencia dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo, en fecha 09 de agosto de 2006. Tercero: No hay condenatoria en costas de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgáni.....