Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, declara: Primero: Primero: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra de la decisión dictada por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial de fecha 14 de agosto de 2006, la cual, declaró desistido y terminado el proceso en la solicitud de calificación de despido incoado contra el MINISTERIO PARA LA ECONOMÍA POPULAR. Segundo: SE CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial de fecha 14 de agosto de 2006. Tercero: No hay condena en costas del recurso de apelación.