DISPOSITIVO
Con base a los razonamientos anteriormente expuesto, este JUZGADO TERCERO SUPERIOR DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación de las partes codemandadas en contra de la sentencia de fecha 03 de febrero de 2016, emanada del Juzgado 14° de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas; SEGUNDO: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana ELENA CECILIA FARRERAS, titular de la Cédula de Identidad No. 2.082.232 en contra de las empresas INSTITUTO RADIOLÓGICO SAN BERNARDINO C.A", hoy con la denominación social "INSTITUTO IMAGENOLÓGICO SAN BERNARDINO C.A., así como contra la UNIDAD DE DIAGNÓSTICO OTO-TAC C.A. y de manera personal y solidaria en contra el ciudadano VICTOR GODIGNA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad No. 3189530,.....