Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Tercero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto en fecha 26 de octubre de 2010, por el abogado HENRY LÁREZ, en su condición de apoderado judicial de la parte demandante contra la sentencia interlocutoria dictada en fecha 25 de octubre de 2010, por el Juzgado Décimo Sexto (16°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, oída en ambos efectos en fecha 02 de noviembre de 2010 , en el juicio seguido por el ciudadano RAFAEL ANTONIO GORDILLO PEÑARANDA en contra de la JUNTA COORDINADORA DE LIQUIDACIÓN DEL BANCO CANARIAS DE VENEZUELA, BANCO UNIVERSAL, C. A., por cobro indemnizaciones .....