DISPOSITIVO
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Tercero (3°) Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, procedió a administrar justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declarando: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada en contra de la decisión dictada por el Juzgado Cuarto (4°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha 16 de junio de 2015. SEGUNDO: SE ORDENA la reposición de la causa al estado en que se realice nuevamente la audiencia de juicio a que se contrae el articulo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, quedando entendido que una vez redistribuido el expediente y recibido por el Juzgado a quien le corresponda el conocimiento del mismo, fijará dentro de los tres (03) días hábiles siguientes, la opo.....