(...) DECLARA: PRIMERO: IMPROCEDENTE el recurso de hecho ejercido por el abogado RAMÓN AGUSTÍN FRANCO ZAPATA, en ejercicio e inscrito en el IPSA bajo el número 4.564, en su carácter de apoderado judicial de la UNIVERSIDAD SANTA MARÍA y la SOCIEDAD CIVIL UNIVERSIDAD SANTA MARÍA, contra el auto de fecha veinte (20) de noviembre de 2019, dictado por el Juzgado Vigésimo Primero (21°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual negó la apelación ejercida en contra del auto dictado por ese Tribunal en fecha trece (13) de noviembre de 2019; SEGUNDO: Se ordena la remisión del presente asunto al Juzgado Vigésimo Primero (21°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas; TERCERO: Por la naturaleza del presente fallo no hay especial condenatoria en costas.
Por aplicación analógica de acuerdo a lo dispuesto e.....