DISPOSITIVO:
Por las razones expuestas, este Juzgado Tercero (3°) Superior del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela administrando justicia y por autoridad de la ley, pasó a dictar su fallo previa consideraciones atinentes a la motivación del mismo, las cuales expuso en forma oral, y en consecuencia, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercido formulada por la parte oferente contra la decisión de fecha 07 de enero de 2016, dictada por el Juzgado Cuadragésimo Quinto (45°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, SEGUNDO: Se confirma la sentencia objeto de apelación. TERCERO: No hay condenatoria costas.