Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, declara Primero: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por el apoderado de la parte intimada contra la sentencia de fecha 16 de septiembre de 2005 dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo; en consecuencia, Segundo: Se MODIFICA la decisión de fecha 16 de septiembre de 2005 dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo; Tercero: Se ordena la notificación de ambas partes para que una vez conste en autos la última de las notificaciones efectuadas, proceda a correr los lapsos para interponer los recursos que haya lugar contra la presente decisión.