Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, declara: Primero: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado HECTOR MARCANO, en su carácter de apoderado judicial de la demandada, en contra de la decisión dictada en fecha 02 de octubre de 2006 por el Juzgado Vígésimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo. Segundo: SE CONFIRMA la decisión dictada en fecha 02 de octubre de 2006 por el Juzgado Vígésimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo que declaró CON LUGAR la solicitud de calificación de despido incoada por FIRELI MALAVER TINEO contra la empresa WATER BROTHER DE VENEZUELA (SUPER EVENTOS 2010, C.A). Te.....