Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Tercero Superior de del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDO el Recurso de apelación interpuesto por el abogado NIEVES DIAZ, inscrito en el IPSA, bajo el N° 25.012, en su carácter de apoderada judicial de la parte RIGEL HUGO SILVA, contra la Providencia administrativa Nº 369-17, de fecha 08 de diciembre de 2017, dictada por la Inspectoría del Trabajo Mranda Este, ente adscrito al Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social, contenida en el expediente N°027-2015-01-005507, que declaro con lugar la solicitud de Autorización de Despido, interpuesta por la ciudadana DANIELA CAROLINA MUJICA PELLEGRIN, en su carácter de apoderada legal de la entidad de trabajo EXCELSIOR GAMA SUPERMERCADOS C.A. SEGUNDO: Se confirma el fallo apelado. TERCERO: Dad.....