En consecuencia, este Juzgado Tercero (3°) Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, ordena: la remisión del presente asunto al Juzgado Cuarto (4°) de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los fines que subsane su omisión y una vez haya vencido el lapso para que las partes ejerzan recursos contra la decisión proferida por ese despacho, para que posteriormente proceda a remitir el expediente al proceso de distribución entre los Juzgados Superiores de este Circuito Judicial del Trabajo. ASI SE DECIDE.