Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, declara: Primero: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por el abogado Oscar Lovera, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora contra la decisión dictada por el Juzgado Primero (1°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo, de fecha 26 de abril de 2006, en la cual declaró DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Segundo: SE CONFIRMA la sentencia dictada por el Juzgado Primero (1°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo, de fecha 26 de abril de 2006. Tercero: No hay condenatoria en costas del recurso de apelación