Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, Declara: Primero: CON LUGAR la apelación interpuesta por la abogada ELIANA DEL MAR VELASQUEZ DE GUTIERREZ, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 67.369, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora., contra la decisión dictada en fecha 24 de marzo de 2006 por el Juzgado Décimo Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo, el cual, declaró desistido el procedimiento y terminado el proceso, todo vinculado a la demanda incoada por la ciudadana NIDIA VERONICA MEZA CAMACARO contra la CAMARA NACIONAL DE DISTRIBUIDORA DE CAUCHOS. En consecuencia, Segundo: De conformidad con lo establecido en el artículo 49 numerales primero y t.....