-VIII-
DISPOSITIVA
Con base a todos los razonamientos de hecho y derecho que han sido expresados en la parte motiva del fallo, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, este JUZGADO CUARTO (4°) SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, actuando en sede Contencioso Administrativa, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA: declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha veintitrés (23) de octubre de 2018, por el abogado JOSÉ FRANCISCO CUMARE BELTRÁN, actuando en su propio nombre y representación, contra la sentencia dictada el quince (15) de octubre de 2018, por el Juzgado Sexto (6º) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró sin lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad, apelación oída en ambos efectos el catorce (14) de enero de 2019. SEGUNDO: SE C.....