Este Juzgado Cuarto (4°) Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha seis (06) de diciembre de 2022 por el apoderado judicial de la parte actora, ciudadano JAIR DE JESÚS MONTOYA GRAJALES. SEGUNDO: SE ANULA la sentencia dictada en fecha seis (06) de diciembre de 2022, por el Juzgado Undécimo (11°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. TERCERO: SE REPONE la causa al estado en que el a quo se pronuncie con relación al fondo del presente asunto. CUARTO: No hay condenatoria en costas.