UNICO: HOMOLOGACIÓN DEL DESISTIMIENTO del recurso de apelación interpuesto por la parte representación judicial de la parte actora contra la decisión de fecha (21) de octubre de dos mil quince (2015), emanada del Juzgado Trigésimo Noveno (39°) de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.. SEGUNDO: Se confirma la sentencia recurrida de instancia y se ordena su remisión a los fines de la continuación del proceso en la presente causa. TERCERO: No hay condenatoria en costas, de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.