Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, contra la decisión dictada en fecha 31 de octubre de 2008, por el Juzgado 34° de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial, de fecha 31 de octubre del presente año, que declaro sin lugar la reposición de la causa, todo con motivo de la demanda incoada por el ciudadano LUIS BATISTA contra la empresa SIDERARGICA DEL TURBIO, S.A (SIDETUR). SEGUNDO: Se repone la causa al estado de que se le conceda a la parte demandada el término a la distancia, y transcurrido el mismo se prosiga con la celebración de la audiencia preliminar para el décimo día hábil siguiente. Se declara la nulidad de la notificación de.....