Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte actora, en contra la decisión publicada, en fecha 04 de octubre de 2006, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: se declara LA CADUCIDAD de la acción y SIN LUGAR el procedimiento de calificación de despido incoado por el ciudadano OMAR CASTILLO en contra de la EMPRESA DE INSPECCIÓN Y CONTROL DE VENEZUELA C.A. TERCERO: por la naturaleza del presente fallo no hay especial condenatoria en costas. Se anula el fallo recurrido. Quedan a salvo los derechos laborales del actor quien podrá accionarlos por el procedimiento ordina.....