CAPITULO V
DISPOSITIVO
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la actora, en contra del auto que providenció las pruebas de fecha 11 de octubre de 2011, por el Juzgado Décimo Quinto de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial. En consecuencia, se ordena al juez de juicio que por auto expreso, deje constancia de la intimación a la parte demandada de que en el desarrollo de la audiencia de juicio deberá exhibir los instrumentos a que se contrae la parte motiva del presente fallo. SEGUNDO: Se modifica el auto apelado. TERCERO: Por la naturaleza del presente fallo no hay especial condenatoria en costas