DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: DESISTIDO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la representación judicial de la parte actora, en contra de la sentencia dictada en fecha recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte actora, en contra de la sentencia dictada en fecha 20 de abril de 2009, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio de esta misma Circunscripción Judicial todo en el juicio seguido por Ridel Rojas en contra del Banco Industrial de Venezuela c.a. SEGUNDO: Se exonera a la parte actora del pago de las costas de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Se ordena la notificación del Procurador General del Estado Miranda de conformidad con las previsiones del artículo 97.....