Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: Improcedente la medida cautelar de suspensión de efectos del el acto administrativo contenido de la Certificación Nº 0553-2012, dictada en fecha de 20 de agosto de 2012, y notificada en fecha 15 de noviembre de 2012, mediante oficio N° 1626-2012, de fecha 02 de noviembre de 2012, y en fecha 27 de noviembre de 2012, por la Dirección Estatal de Salud de los Trabajadores Miranda (DIRESAT-Miranda), adscrita al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), a favor del ciudadano Víctor Alejandro Velazquez, titular de la cédula de identidad N° V-6.849.671, en el expediente de investigación de origen de enfermedad Nº MIR-29-0852.