Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la actora, contra la decisión dictada en fecha 19 de octubre de 2007 por el Juzgado Vigésimo Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial que declaró desistido el procedimiento y terminado el proceso debido a la incomparecencia de la parte actora a la continuación de la audiencia preliminar de la misma fecha. SEGUNDO: Se confirma la sentencia apelada. TERCERO: por la naturaleza del presente fallo se condena en costas a la parte actora.
Se ordena librar oficio al Juzgado Vigésimo Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial a los fines de notificarle las resulta.....