or todos los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO QUINTO SUPERIOR DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA APELACIÓN DE LA PARTE DEMANDADA, y CON LUGAR LA APELACIÓN DE LA PARTE ACTORA; ambas en contra la sentencia de fecha 04.04.2016, emanada del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual declaró Parcialmente Con Lugar la demanda. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por los ciudadanos MENESES MUÑOZ RAFAEL ANTONIO y SAAVEDRA RAMIREZ WILFREDO ANTONIO contra la demandada Proactiva Libertador, C.A. y el tercero interviniente Corporación De Servicios Municipales Libertador, S.A., plenamente identificados en autos. Se MODIFICA la sentencia de instancia. No hay condenato.....