Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, en contra de la sentencia dictada en fecha 18 de diciembre de 2007, por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Juicio de esta misma Circunscripción Judicial, con motivo de la demanda incoada por el ciudadano JUAN OTERO MONTALBAN contra la empresa MATERIALES FERROPUNTO, C.A. que declaró Con Lugar la demanda. SEGUNDO: Se Confirma la decisión apelada. Se condena en costas a la parte demandada.
Se ordena librar oficio al Juzgado Sexto de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial a los fines de participarle las resultas del presente recurso de apelación.