/ Se publicó y consignó resolución declarándose: 1.- La INCOMPETENCIA de este Tribunal para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta por la sociedad mercantil denominada "Inversiones Velicomen, c.a." contra el Sindicato Único de Trabajadores de Empresas de Restaurantes de Comida Rápida, Hoteleros, Bares, Clubes, Casinos, Entretenimientos, Mantenimientos, sus Similares y Conexos de la República Bolivariana de Venezuela (SINTRARESCOM), ambas partes identificadas en los autos, de conformidad con el artículo 7° de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.-