*Se consignó y publicó resolución declarando: 1.- ADMITE la pretensión de nulidad pero establece que NO PUEDE DARLE CURSO hasta tanto la accionante no consigne en los autos la certificación emanada de la autoridad administrativa del trabajo de haberse cumplido efectivamente con la orden de «restitución de la situación jurídica infringida (desmejora) así como con la consecuente cancelación de las diferencias salariales dejadas de percibir» correspondientes a la ciudadana Yaneth Delmida Carvajal conforme a lo previsto en el artículo 425, ordinal 9º, de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras.